Análisis Histórico-Jurídico de las Fracciones I, II, III y IV del Artículo 73 de la Ley de Amparo

Autores/as

  • Raúl Pérez Johnston

Resumen

El juicio de amparo, como garantía de la Constitución, no puede ser promovido en cualquier forma y contra cualquier acto, ya que de lo contrario perdería su finalidad más preciada, la de constituir una defensa eficaz contra los abusos de la autoridad que vulneren los derechos que la Constitución otorga a todo gobernado.

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Publicado

2004-12-01

Número

Sección

Estudios Varios

Cómo citar

Análisis Histórico-Jurídico de las Fracciones I, II, III y IV del Artículo 73 de la Ley de Amparo. (2004). Iuris Tantum, 19(15), 141-188. https://revistas.anahuac.mx/index.php/iuristantum/article/view/2169