Análisis Histórico-Jurídico de las Fracciones I, II, III y IV del Artículo 73 de la Ley de Amparo

Contenido principal del artículo

Raúl Pérez Johnston

Resumen

El juicio de amparo, como garantía de la Constitución, no puede ser promovido en cualquier forma y contra cualquier acto, ya que de lo contrario perdería su finalidad más preciada, la de constituir una defensa eficaz contra los abusos de la autoridad que vulneren los derechos que la Constitución otorga a todo gobernado.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Detalles del artículo

Cómo citar
Pérez Johnston, R. (2004). Análisis Histórico-Jurídico de las Fracciones I, II, III y IV del Artículo 73 de la Ley de Amparo. Iuris Tantum, 19(15), 141–188. Recuperado a partir de https://revistas.anahuac.mx/index.php/iuristantum/article/view/2169
Sección
Estudios Varios